REAL DECRETO 56/2016,
de 12 de febrero
Requisitos exigidos en el Real Decreto 56/2016
Auditorías energéticas según el Real Decreto 56/2016
Conoce el ámbito de aplicación, la regulación y el procedimiento para realizar las auditorías energéticas en tu empresa.
Régimen sancionador del Real Decreto 56/2016
El régimen sancionador aprobado con el Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio establece sanciones de hasta 60.000€ por centro no auditado.
RD 56/2016
El Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero tiene como finalidad impulsar acciones para el ahorro de la energía primaria consumida, además de optimizar el consumo energético de equipos, sistemas o instalaciones en las empresas.
En el decreto se establecen las directrices sobre cómo se deben realizar las auditorías energéticas, así como los sistemas de acreditación para auditores y proveedores de servicios energéticos y los procedimientos para la promoción de la eficiencia energética.
Auditorías energéticas según el
RD 56/2016
Las empresas obligadas a realizar auditorías energéticas según el RD 56/2016 disponen de un plazo de 4 años para realizar la siguiente.
Otra información de interés
Inspección y comunicación a las autoridades
Las autoridades competentes llevarán a cabo un procedimiento de control para comprobar el cumplimiento de la realización de auditorías energéticas.
Recomendaciones del IDAE para un consumo eficiente
La Guía Práctica de la Energía desarrollada por el IDAE identifica los puntos de mayor consumo de energía en el día a día y ofrece buenas prácticas para su ahorro.
Consultas
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