Ampliación del plazo para la renovación de auditorías energéticas
Se prorroga 78 días el plazo para la renovación de auditorías energéticas para aquellas empresas que tendrían que haberla realizado en una fecha posterior al 14 de marzo de 2020
El RD 56/2016 entró en vigor hace cuatro años, obligando a las empresas con más de 250 trabajadores o que facturen más de 50 millones de euros y tengan un balance general mayo de 43 millones de euros, a realizar auditorías energéticas. Según dicho Decreto, las auditorías deben renovarse cada 4 años, es por eso que, en 2020 deberían llevarse a cabo las segundas auditorías.
El estado de alarma provocó la paralización de los plazos administrativos el día 14 de marzo (como establece el RD 463/2020), reanudándose el 1 de junio de 2020 (tal y como indica RD 537/2020). En consecuencia, las empresas que debieron renovar la auditoría energética durante el estado de alarma dispondrán de una ampliación de 78 días para presentarla (correspondiente a los días naturales transcurridos entre el 14 de marzo y el 1 de junio).
Esta situación ha ocasionado que, muchas de las empresas afectadas no sepan cómo ha repercutido esa suspensión temporal a la tramitación de dicha auditoría.
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